Aunque la Ley Federal del Trabajo lo establece desde hace años, la prima dominical continúa siendo un tema que genera dudas y, en muchos casos, incumplimientos en los centros de trabajo. Para 2026, esta prestación laboral sigue vigente y es obligatoria para cualquier persona que preste sus servicios en domingo, sin importar el giro de la empresa o el puesto que desempeñe.
La ley es clara: quien trabaja en domingo debe recibir su salario normal más un pago adicional equivalente al 25 por ciento del salario diario. No se trata de un “bono”, ni de un incentivo opcional, sino de una compensación económica obligatoria por laborar en un día que, para muchas personas, forma parte del descanso semanal.
Este derecho aplica tanto para quienes no tienen el domingo como día de descanso habitual, como para aquellos que sí lo tienen asignado, pero son llamados a trabajar. La condición principal es que exista una relación laboral formal y que el trabajo en domingo esté dentro de la jornada acordada. Sectores como el comercio, restaurantes, hoteles, hospitales, transporte y seguridad concentran a buena parte de los trabajadores que laboran ese día de manera regular.
El monto de la prima dominical depende del salario diario de cada empleado. En el caso de quienes ganan el salario mínimo, el cálculo se hace con base en la cifra vigente en 2026. La ley también establece que esta prestación no puede ser sustituida por descansos adicionales, vales, propinas ni otro tipo de beneficios. Es dinero y debe pagarse como tal.
Otro punto relevante es la forma en que se entrega. La prima dominical debe aparecer desglosada en el recibo de nómina. No puede incluirse “mezclada” con el sueldo base ni presentarse como parte de un pago global. Al tratarse de un concepto independiente, su omisión o simulación puede considerarse una falta laboral.
Pese a lo anterior, especialistas en temas laborales señalan que todavía es común que algunos empleadores no paguen esta prestación, sobre todo en pequeños negocios o en esquemas de contratación informal. En otros casos, el pago se hace de manera incompleta o sin claridad para el trabajador, lo que dificulta su verificación.
Cuando la prima dominical no se paga, el trabajador tiene la opción de solicitar una aclaración directa con su empleador. Si no hay respuesta, puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde se brinda asesoría gratuita y se orienta sobre los pasos a seguir. La falta de pago puede derivar en sanciones económicas para el patrón, ya que se considera una violación a la legislación laboral.
La ley también establece que, aunque el trabajador acepte laborar todos los domingos de forma habitual, eso no elimina la obligación de pagar la prima. Ningún acuerdo verbal o escrito puede estar por encima de lo que marca la legislación vigente.
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