Los pensionados bajo la Ley 73 del IMSS tienen la posibilidad de retirar en una sola exhibición los recursos acumulados en su Subcuenta de Vivienda del Infonavit, un beneficio que permite disponer de los ahorros generados durante toda su vida laboral. El trámite puede realizarse directamente en el Infonavit o mediante la Afore en la que esté registrada la cuenta.
Opciones para solicitar la devolución
Existen dos caminos principales:
A través de la Afore:
Al elegir esta vía, el pensionado puede recuperar los fondos de:Subcuenta de Vivienda 1992
Subcuenta de Vivienda 1997
Directamente en Infonavit:
Esta opción permite recibir la totalidad de los recursos disponibles, incluyendo:Fondo de Ahorro 1972-1992
Subcuenta de Vivienda 1992 y 1997
Solo Infonavit (aportaciones extraordinarias o del Régimen de Incorporación al Seguro Social)
Además, se incluyen los rendimientos generados hasta el momento de la solicitud.
El trámite se puede hacer presencialmente en una oficina del Infonavit o en línea a través de Mi Cuenta Infonavit, según la preferencia del usuario.
Requisitos para acceder a los recursos
Para retirar el dinero, es necesario cumplir con los siguientes criterios:
Tener ahorro disponible en alguna de las subcuentas del Infonavit.
Contar con resolución de pensión del IMSS (en caso de incapacidad, mínima del 50%).
Presentar estado de cuenta bancario con CLABE a tu nombre, con antigüedad menor a dos meses.
Tener NSS, RFC y CURP que coincidan con los registros del IMSS, Afore y banco.
No tener crédito vigente con el Infonavit.
Estar registrado en una Afore.
Cómo hacer el trámite
Presencial:
Generar cita en Mi Cuenta Infonavit.
Acudir con identificación oficial vigente (INE, pasaporte, CURP biométrica, tarjeta de residente o matrícula consular).
Presentar la documentación solicitada por el personal del Infonavit.
En línea:
Tener registro activo en Mi Cuenta Infonavit.
Contar con firma electrónica (e.firma) del SAT para validar la solicitud.
Según el Artículo 37 de la Ley del Infonavit, los pensionados recibirán un aviso durante el año previo a cumplir 70 años si cuentan con saldo en su Subcuenta de Vivienda, con información sobre cómo solicitar los recursos.
Restricciones
Es importante señalar que quienes no sean pensionados no pueden retirar los recursos acumulados en la Subcuenta de Vivienda, ya que la Ley solo permite el acceso a quienes cumplan los requisitos establecidos por el IMSS y el Infonavit.
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foto ilustrativa
xmh