El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes que ningún negocio, empresa o prestador de servicios puede exigir la Constancia de Situación Fiscal como requisito para emitir una factura. Esta práctica, explicó la autoridad, está prohibida y puede ser sancionada con multas económicas.
Durante una conferencia de prensa en Palacio Nacional, el titular del SAT, Antonio Martínez Dagnino, subrayó que para la correcta emisión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) solo se requieren cuatro datos: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal y domicilio fiscal. “La constancia no debe solicitarse. Estos datos son suficientes para cumplir con la obligación fiscal”, puntualizó.
Datos necesarios para emitir una factura
El SAT aclaró que lo importante es contar con información fiscal correcta, no con el documento impreso. Además, recordó que los contribuyentes pueden consultar y usar sus datos a través de la aplicación oficial Factura Móvil, sin necesidad de presentar la constancia en papel.
Multas y sanciones
Exigir la constancia como requisito para facturar constituye una infracción formal según el Código Fiscal de la Federación. Las multas pueden ir de 19,700 a 112,650 pesos por cada comprobante no emitido correctamente. En casos de reincidencia o faltas graves, el SAT puede incluso ordenar la clausura preventiva del establecimiento.
Martínez Dagnino enfatizó que la autoridad fiscal difunde constantemente que no es obligatorio presentar la constancia para facturar, con el objetivo de evitar abusos y prácticas indebidas por parte de negocios o proveedores.
Facilidades para los contribuyentes
El SAT informó que en sus oficinas se habilitarán equipos de cómputo para que los contribuyentes puedan imprimir su constancia utilizando huella digital, RFC y fecha de nacimiento. Sin embargo, la autoridad reiteró que este documento no debe ser solicitado como requisito para la emisión de facturas.
Finalmente, la infracción recae en quienes emiten los comprobantes, es decir, en los negocios o proveedores que pidan requisitos adicionales a los establecidos por la ley, no en los contribuyentes que proporcionan sus datos correctos.
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