SAT vigila depósitos en efectivo: cuándo se reportan y qué aplica en México

Por xmontero , 28 Enero 2026
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La Ley del ISR obliga a las instituciones financieras a reportar depósitos en efectivo acumulados mayores a 15 mil pesos mensuales
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El uso de dinero en efectivo sigue siendo una práctica común en México, pero no pasa desapercibido para las autoridades fiscales. La legislación vigente obliga a las instituciones financieras a informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando ciertos depósitos superan un monto establecido, como parte de las medidas de control y supervisión fiscal que aplican tanto a personas físicas como a empresas.

Esta obligación está prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y se mantiene vigente en 2026. El objetivo es que el SAT tenga visibilidad sobre operaciones relevantes en efectivo y pueda identificar movimientos que no coincidan con los ingresos declarados por los contribuyentes.

¿A partir de qué monto se reportan los depósitos?

De acuerdo con el Artículo 55, fracción IV, de la Ley del ISR, los bancos y demás entidades del sistema financiero deben reportar de manera mensual los depósitos en efectivo que, en conjunto, superen los 15 mil pesos. El reporte debe enviarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al que se realizaron los depósitos.

El monto no se calcula por depósito individual, sino por el total acumulado en el mes, considerando todas las cuentas que una persona tenga dentro de la misma institución bancaria. Es decir, aunque los depósitos se hagan en distintas fechas o cuentas, si el total rebasa los 15 mil pesos, el banco está obligado a notificar al SAT.

Qué se considera un depósito en efectivo

La ley define como depósitos en efectivo aquellos realizados en moneda nacional o extranjera dentro de cualquier tipo de cuenta bancaria, ya sea de ahorro, cheques, inversión u otros productos financieros. También se incluyen las compras en efectivo de cheques de caja, una operación que suele generar confusión entre los usuarios.

Este reporte no implica de forma automática el cobro de un impuesto adicional ni una sanción, pero sí permite a la autoridad fiscal cruzar información y verificar que los recursos tengan un origen lícito y estén debidamente declarados.

Operaciones que no se reportan

No todos los movimientos bancarios están sujetos a esta obligación. La propia Ley del ISR excluye de esta categoría a las transferencias electrónicas, como SPEI, traspasos entre cuentas, pagos con tarjeta, depósitos mediante cheques o cualquier otro sistema electrónico pactado con las instituciones financieras.

Incluso si estos movimientos superan los 15 mil pesos, no se consideran depósitos en efectivo, por lo que no entran en el reporte automático al SAT.

Clave para evitar problemas fiscales

Especialistas recomiendan llevar un control claro del origen de los recursos, especialmente para quienes manejan efectivo de manera frecuente, como comerciantes o trabajadores independientes. Aunque el reporte bancario no implica una auditoría inmediata, sí puede detonar revisiones fiscales si los montos no coinciden con los ingresos declarados.

Conocer estas reglas permite a los contribuyentes anticiparse y evitar confusiones con la autoridad fiscal, especialmente en un contexto donde la vigilancia sobre operaciones en efectivo es cada vez mayor.

 

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