Xalapa, Ver.- La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Veracruz dio a conocer que, en cumplimiento al artículo 135 Septies de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, a partir de diciembre del 2025 los deudores alimenticios no van a poder tramitar sus licencias para conducir.
Esta noticia fue dada a conocer por la dependencia a través de sus redes sociales, donde también señalaron que esto significa que para realizar los trámites correspondientes a este tipo de licencias, a partir de ahora se va a tener que presentar un certificado del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA).
“Por disposición oficial, para realizar tu trámite de licencia de conducir deberás entregar el Certificado de No. de Inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias ¡Considera que éste es un requisito más para obtener tu licencia!”, indicaron junto al link para obtenerlo; https://rnoa.dif.gob.mx/.
Si bien la publicación obtuvo una buena recepción, algunos usuarios señalaron que este nuevo requisito podría llegar a que genere corrupción en los módulos para tramitar licencias de conducción. Asimismo, indicaron que el ser deudores alimentarios no tiene nada que ver con un requerimiento para manejar.
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Foto: Especial
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