Aunque la prohibición de vender productos con bajo valor nutricional sigue vigente en las escuelas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los planteles del Sistema Educativo Nacional sí pueden pedir suspensiones provisionales si demuestran que los lineamientos afectan su operación.
La decisión deriva de una contradicción de criterios y otorga a las instituciones educativas de nivel medio y superior el derecho a impugnar los lineamientos que regulan la preparación, distribución y venta de alimentos procesados o a granel dentro de los planteles escolares.
Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que las disposiciones también afectan directamente a las escuelas, por lo que tienen el interés jurídico suficiente para solicitar medidas cautelares. En tanto, el ministro Giovanni Azael Figueroa aclaró que el fallo no autoriza ni fomenta la venta de estos productos, sino que únicamente permite valorar si procede suspender temporalmente la aplicación de la norma.
Los efectos completos de esta resolución serán detallados en el engrose de la sentencia, el cual se publicará en el Semanario Judicial de la Federación, informó el máximo tribunal del país.
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