La ONU activa el artículo 34 para evaluar desapariciones forzadas en México

Por diegoantonio , 22 Octubre 2025
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El Comité contra las Desapariciones Forzadas activó el artículo 34 para evaluar si en México se practican desapariciones forzadas de forma sistemática o generalizada.
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Ciudad de México.- El Comité contra las Desapariciones Forzadas (CED) de las Naciones Unidas ha activado por primera vez el artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas , en relación con México , con el fin de determinar si en el país estas prácticas se presentan de manera sistemática o generalizada .

El anuncio fue realizado por el presidente del CED , Juan Pablo Albán Alencastro , durante la presentación del informe anual ante la Asamblea General de la ONU , en el marco del 80º período de sesiones . En su intervención, el experto señaló que el procedimiento comenzó en marzo de 2025 , tras considerar que existen indicios fundados sobre posibles prácticas extendidas de desaparición forzada en territorio mexicano.

Albán explicó que, en una primera etapa, el Comité solicitó información al Estado mexicano , misma que fue entregada en septiembre , bajo solicitud de confidencialidad por parte del gobierno. Añadió que las siguientes fases del proceso serán comunicadas públicamente en su debido momento.

México encabeza la lista de países con más Acciones Urgentes reportadas al CED por desapariciones forzadas, con 779 comunicaciones de un total de 2 mil 74 registradas por el organismo. Además, las cifras oficiales reportan más de 134 mil personas desaparecidas y no localizadas en el país.

Treinta minutos después del anuncio, el embajador de México ante la ONU , Héctor Vasconcelos y Cruz , expresó el rechazo del gobierno a la medida, argumentando que la aplicación del artículo 34 debe limitarse a situaciones excepcionales y sustentarse en criterios objetivos . Afirmó que México no comparte la decisión del Comité y advirtió que esta acción podría sentar precedentes que afecten la cooperación entre los Estados parte y el organismo.

Vasconcelos defendió que México ha mostrado una postura de apertura al escrutinio internacional en derechos humanos, al ratificar todas las convenciones relevantes y mantener una invitación permanente a expertos internacionales . Subrayó además que cualquier interpretación sustantiva sobre la Convención debe surgir de un proceso transparente y consensuado entre los Estados firmantes.

El artículo 34 de la Convención establece que, si el Comité recibe información que considera como indicios bien fundados de que la desaparición forzada se practica de forma sistemática o generalizada en el territorio de un Estado parte, puede llevar el caso con carácter urgente ante la Asamblea General a través del Secretario General .

Desde su adhesión en 2010 , México ha sido objeto de múltiples observaciones tanto por el CED como por el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (GTDFI) . En 2021 , el Comité realizó una visita oficial al país y desde entonces ha manifestado su preocupación por el aumento constante de este delito, sin que se hayan adoptado plenamente las recomendaciones emitidas .

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Fotos: IA

Djs


 

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