Prohíben la venta y el uso de vapeadores en México

Por leticiam , 16 Enero 2026
Sumario
Se han vuelto populares como una alternativa al tabaco tradicional.
Cuerpo de la Nota

Un vapeador, también conocido como cigarro electrónico o vaporizador, es un dispositivo que calienta un líquido para generar vapor que se inhala. Este líquido puede contener nicotina, glicerina vegetal, saborizantes y otros componentes.

 Los vapeadores se han vuelto populares, especialmente entre los jóvenes, como una alternativa al tabaco tradicional. 

Hace algunos meses en México se habló acerca de una posible regulación al uso estos dispositivos y finalmente, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la prohibición formal sobre su uso y venta, marcando un cambio en salud pública nacional.

Se han establecido las consecuencias para quienes incumplan la ley y continúen consumiendo estos productos. 

La prohibición entra en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación realizada el 15 de enero, por lo que la medida es vigente desde el 16 de enero en todo el país.

Esta reforma a la Ley General de Salud busca modernizar el sistema sanitario, fortalecer la protección a la población y optimizar recursos. Además de regular vapeadores, incorpora disposiciones sobre salud digital, sustancias psicotrópicas, infraestructura médica y el abasto nacional de insumos.

La reforma establece estas prohibiciones: 

-Vapeadores y cigarrillos electrónicos

-Publicidad de dispositivos de vapeo

-Publicidad engañosa de productos de salud

-Productos que representen riesgo sanitario

De acuerdo con el artículo 456 Bis a la Ley General de Salud establece sanciones severas para quienes realicen actividades prohibidas vinculadas con vapeadores, cigarrillos electrónicos y dispositivos análogos.

Las sanciones aplican a quienes fabriquen, importen, distribuyen o venden este tipo de productos:

-Prisión que puede ir de uno a ocho años.

-Una multa variable desde los 100 a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

-Cabe destacar que a partir del 1 de febrero habrá un aumento en el costo del UMA, subiendo a 117.31 pesos diarios, por lo que el costo aproximado de multa podría ir de:

100 UMAS: 11 mil 731 pesos

2 mil UMAS: 234 mil 620 pesos

El articulo 282 hace una excepción clara: el consumo y la posesión personal no están prohibidos, siempre que no tengan fines de venta, distribución o cualquier otra actividad comercial. Es decir, no se puede vender ni comerciar vapeadores, pero poseerlos o usarlos de manera individual no constituye una falta según este artículo.

 

Descubre todo sobre noticias Puebla y de todo México visitando nuestra página principal.

Foto Archivo  

LMR 

Galería de Imagenes
Imagen
o
Contador
112
Publicar en
Sección
valoracion
0