El Congreso del Estado de Puebla dio luz verde a la convocatoria para elegir al nuevo Auditor Superior del Estado, quien asumirá el cargo el 1 de enero de 2026. La Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo) definió que la elección se realizará el 10 de diciembre, tras un proceso abierto a perfiles de distintas disciplinas, ya que se elimina el requisito exclusivo de ser contador público.
El documento aprobado por la Jugocopo será turnado al Pleno del Congreso en la sesión del próximo jueves. En él se establece que los aspirantes deberán contar con título profesional y cédula con al menos cinco años de antigüedad, en áreas como Contaduría Pública, Derecho, Economía, Administración o cualquier carrera relacionada con la fiscalización.
La medida representa un cambio importante en comparación con convocatorias anteriores, donde el perfil de contador público era un requisito obligatorio. Con esta modificación, el Poder Legislativo busca abrir la competencia a profesionistas con experiencia en auditoría, finanzas o administración pública, fortaleciendo la transparencia y el control del gasto estatal.
Fechas y entidades convocantes
Las propuestas deberán presentarse entre el 6 y el 28 de noviembre, por parte de universidades, instituciones de educación superior, asociaciones civiles y colegios profesionales.
Entre los organismos que podrán registrar aspirantes se encuentran:
Colegios y barras de Contadores Públicos y Abogados
Asociaciones de Economistas y Administradores Públicos o de Empresas
Instituciones académicas acreditadas en el estado o a nivel nacional
Cada propuesta deberá incluir la documentación académica, experiencia profesional comprobable y carta de no inhabilitación.
Requisitos y restricciones
El documento aprobado también incluye candados estrictos para garantizar independencia. No podrán ser designadas las personas que:
Hayan sido gobernador, senador, diputado, ministro, magistrado o juez en los últimos tres años.
Hayan ocupado cargos de presidente municipal o dirigente de partido político.
Hayan sido candidatos a un puesto de elección popular durante el año previo a la convocatoria.
Asimismo, los aspirantes deberán gozar de buena reputación, no haber sido condenados por delitos intencionales ni inhabilitados en cargos públicos o privados. En especial, se excluye a quienes hayan sido señalados por robo, fraude, abuso de confianza o falsificación de documentos.
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