Puebla, Pue. - Este viernes 13 de junio, el Gobierno del Estado de Puebla publicó en su Periódico Oficial la llamada Ley contra el ciberasedio, una normativa que ya está vigente desde este sábado 14 de junio y que impone sanciones que van desde multas hasta penas de prisión para quienes, según las autoridades, usen las redes sociales o medios digitales para ofender o acosar a otras personas.
Esta ley surgió tras una ola de críticas en redes sociales contra la secretaria de Deporte y Juventud, Gaby ‘La Bonita’ Sánchez. A pesar de que el tema fue planteado desde noviembre de 2024, el proceso legislativo para aprobar la norma fue rápido y exprés, lo que generó cierta controversia sobre la rapidez y el fondo de la iniciativa.
El coordinador de gabinete del gobernador, José Luis García Parra, fue quien presentó la propuesta cuando fue diputado, y después de varias sesiones, incluida una de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, el Congreso local aprobó la ley, principalmente con votos de la bancada de Morena y sus aliados.
¿Qué establece la ley?
El texto modifica el Código Penal del estado e introduce varios artículos clave. Por ejemplo:
- Artículo 258 Ter: Define el delito de usurpación de identidad cuando alguien obtiene o usa datos personales de otro para beneficio propio o para causar daño patrimonial o moral.
- Artículo 278 Decies: Castiga con prisión de 15 meses a 5 años y multas a quien use tecnologías para manipular o chantajear sexualmente a menores o personas incapaces.
Pero los artículos que más llaman la atención son dos nuevos delitos relacionados con el uso indebido de tecnologías:
- Espionaje digital (Artículo 479): Se penaliza a quien acceda sin permiso a equipos o sistemas informáticos para obtener información personal.
- Ciberasedio (Artículo 480): Se castiga a quien utilice medios digitales —como redes sociales, correo electrónico o cualquier plataforma— para insultar, ofender o acosar de forma reiterada, buscando causar daño físico o emocional. La pena va de 11 meses a 3 años de cárcel y multas que pueden alcanzar hasta 300 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Implicaciones y dudas
Aunque la ley busca proteger a las personas de ataques y acoso digital, algunos expertos y usuarios han expresado preocupación por el posible abuso en la interpretación de lo que constituye una “ofensa” o “insulto”, dado que el texto menciona que basta con que las autoridades consideren que la conducta es agresiva para aplicar sanciones.
Además, la rapidez con la que se aprobó la norma y el contexto político que la rodea —nacida tras críticas a una funcionaria— han levantado sospechas sobre si la ley podría usarse para limitar la libertad de expresión o para silenciar a quienes cuestionen a servidores públicos.
Contexto nacional
En México, la regulación del ciberacoso y el uso indebido de tecnologías sigue siendo un reto. Aunque algunas entidades ya cuentan con leyes específicas, la ausencia de criterios claros y la poca capacitación de autoridades dificultan su aplicación efectiva. Además, la mezcla entre protección legítima y censura potencial genera debates constantes en la sociedad.
La ley poblana es un ejemplo más de la tendencia a legislar en temas digitales, pero también pone sobre la mesa la importancia de definir con precisión los límites entre la seguridad y los derechos ciudadanos.
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foto cortesía
xmh