Ciudad de México, México. — El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que el sistema de pensiones en México se estructura según la causa que da origen al beneficio, la edad del asegurado, las semanas cotizadas y el régimen bajo el cual inició su cotización. Estos factores determinan tanto la elegibilidad como el monto que recibirá cada trabajador al momento de su retiro.
De acuerdo con el marco normativo vigente, las pensiones del IMSS se clasifican en tres grandes grupos: por edad, por riesgos o condiciones médicas, y por fallecimiento del asegurado. Además, el instituto cuenta con modalidades voluntarias que permiten a los trabajadores ampliar su historial de cotización y mejorar las condiciones de su futura pensión.
Entre los principales tipos de pensión destacan la Cesantía en Edad Avanzada, que puede solicitarse a partir de los 60 años, y la pensión por Vejez, otorgada a los 65 años, siempre que se cumpla con el número mínimo de semanas cotizadas establecido por ley. También existen las pensiones por Invalidez, cuando el trabajador pierde su capacidad laboral por causas ajenas a su empleo, y las de Incapacidad Permanente por Riesgo de Trabajo, aplicables a lesiones o enfermedades derivadas directamente de la actividad laboral. En caso de fallecimiento, los beneficiarios legales —como viudos, huérfanos o ascendientes— pueden acceder a las pensiones correspondientes.
El IMSS recordó que existen dos regímenes de pensión: el anterior a julio de 1997 y el posterior a esa fecha. En el primero, el cálculo se realiza con base en el salario promedio y las semanas acumuladas, mientras que en el segundo depende del ahorro en la cuenta individual administrada por una Afore. Esta diferencia define no solo el monto final del beneficio, sino también las opciones disponibles para recibirlo.
Para quienes cotizan bajo la Ley de 1997, el instituto contempla tres modalidades de pago: la renta vitalicia, en la que una aseguradora cubre la pensión de por vida; el retiro programado, administrado directamente por la Afore; y la pensión mínima garantizada, cuando el ahorro acumulado no alcanza el monto requerido y el Gobierno federal cubre la diferencia.
El IMSS también ofrece esquemas voluntarios de cotización que pueden influir significativamente en el monto de la pensión. Entre ellos destaca la Modalidad 40, que permite a los trabajadores que ya no tienen patrón seguir aportando de manera voluntaria para incrementar su promedio salarial y elevar su pensión futura. Asimismo, la Modalidad 10 está dirigida a trabajadores independientes que deseen incorporarse al régimen obligatorio y acumular semanas de cotización para acceder a prestaciones, incluido el derecho a una pensión.
El instituto subrayó que la edad al momento del retiro, el número de semanas cotizadas y el salario base de cotización son los factores más relevantes en la determinación del monto final. Mantener la continuidad en las aportaciones no solo facilita el acceso a una pensión más alta, sino que también garantiza la conservación de los servicios médicos antes del retiro.
Finalmente, el IMSS recomendó a los asegurados revisar su historial de cotización, identificar el régimen al que pertenecen y conocer las modalidades disponibles antes de iniciar el trámite formal de pensión. Para ello, mantiene abiertos sus canales de atención y orientación, a fin de que los trabajadores puedan resolver dudas y planificar su jubilación con base en información oficial y actualizada.
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