La entrada en vigor de la prohibición constitucional de vapeadores y cigarrillos electrónicos en México, este 16 de enero de 2026, marca un nuevo capítulo en la política de control de productos relacionados con el consumo de nicotina y otras sustancias. La medida quedó formalizada tras la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y modifica de manera directa los artículos 4° y 5° de la Constitución.
A partir de esta fecha, queda prohibida cualquier actividad relacionada con la producción, distribución, comercialización y uso de vapeadores, así como de cigarrillos electrónicos y dispositivos similares, tanto dentro del país como en operaciones vinculadas con el extranjero. La reforma establece que estas restricciones se sustentan en el derecho a la protección de la salud, el cual deberá ser garantizado por el Estado mediante sanciones y mecanismos de control.
El decreto señala que ninguna persona podrá ejercer actividades comerciales, industriales o profesionales relacionadas con estos dispositivos. Con ello, se elimina cualquier margen legal que permitiera su venta o promoción, incluso bajo esquemas de regulación o control sanitario, como se discutió en años anteriores.
La prohibición fue aprobada en el Senado de la República durante diciembre, con una votación dividida entre los grupos parlamentarios. Mientras legisladores de Morena, PT y PVEM respaldaron la reforma, senadores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano votaron en contra y advirtieron posibles efectos no previstos, como el fortalecimiento del mercado ilegal y la falta de estrategias efectivas para reducir el consumo, particularmente entre jóvenes.
Durante el debate legislativo, también se señaló que la prohibición no distingue entre distintos niveles de riesgo ni contempla políticas de reducción de daños, un enfoque que ha sido aplicado en otros países para atender el consumo de nicotina. A pesar de estas observaciones, la mayoría parlamentaria avaló llevar la restricción al nivel constitucional.
Con la reforma ya vigente, el Congreso de la Unión tiene un plazo de 180 días para ajustar las leyes secundarias, mientras que los congresos estatales disponen de hasta un año para armonizar su legislación local. Este proceso será clave para definir cómo se aplicarán las sanciones, qué autoridades serán responsables de la vigilancia y qué consecuencias enfrentarán quienes incumplan la norma.
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xmh