En una decisión que podría modificar dinámicas comerciales en el mercado energético latinoamericano, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos publicó este jueves 29 de enero la Licencia General N.º 46, un permiso que abre la puerta a operaciones con petróleo de origen venezolano bajo términos bien delimitados.
Este documento autoriza a empresas estadounidenses constituidas antes del 29 de enero de 2025 a participar en actividades vinculadas al crudo venezolano que hasta ahora estaban restringidas por las sanciones impuestas al país sudamericano. Entre las acciones permitidas se encuentran la extracción, exportación, venta, compra, almacenamiento, transporte, refinación y comercialización del petróleo que provenga de Venezuela, siempre que estas operaciones cumplan con las normas legales de Estados Unidos.
¿Qué pueden y qué no pueden hacer las empresas?
La nueva licencia no representa la eliminación de las sanciones que Washington mantiene vigentes contra Venezuela, sino más bien una flexibilización bajo condiciones estrictas. Es decir, permite que compañías con sede en Estados Unidos realicen actividades petroleras completas, pero dentro de un marco regulatorio que busca supervisar y controlar los flujos financieros y logísticos.
Entre las pautas más relevantes figura que los contratos con el gobierno venezolano y con Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) deben regirse por la legislación estadounidense, y cualquier disputa comercial derivada de esos contratos tendrá que resolverse en tribunales de ese país. Asimismo, los pagos a entidades bloqueadas —como el Estado venezolano o empresas relacionadas— deberán canalizarse a cuentas designadas fuera de Venezuela conforme a instrucciones del Tesoro estadounidense.
Sin embargo, la autorización impone prohibiciones claras. No se permitirá la participación de personas o empresas vinculadas a países como Rusia, China, Irán, Cuba o Corea del Norte; tampoco se aceptan mecanismos de pago considerados no “comercialmente razonables”, como pagos en oro o con criptoactivos propios del gobierno venezolano.
Reportes obligatorios y transparencia
Otro elemento clave de la licencia es el requisito de presentar informes detallados sobre cualquier exportación que se realice a naciones distintas de Estados Unidos. Estos informes deben incluir datos sobre las partes involucradas, los volúmenes de crudo, los valores de las transacciones, los destinos finales y cualquier gravamen o tasa que se haya pagado al Estado venezolano.
Este tipo de exigencias apunta a una mayor transparencia y a un seguimiento cercano de las operaciones, algo que responde tanto a preocupaciones políticas de Washington como a la compleja situación del mercado petrolero mundial.
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xmh