Derivado de su aprobación por el Poder Legislativo, el Gobierno del Estado de Puebla publicó en el Periódico Oficial (POE) el decreto que reforma el artículo 127 de la Constitución, mediante el cual se establece un techo financiero a las jubilaciones de servidores públicos.
La normativa determina que ninguna pensión financiada con recursos del erario podrá exceder el 50 por ciento de la remuneración mensual de la presidencia de la República, cifra que se sitúa en aproximadamente 70 mil pesos.
Dicha medida, que a partir de este minero ya se encuentra en vigor, es aplicable a personal de confianza en organismos descentralizados, empresas paraestatales y fideicomisos.
El decreto estipula una aplicación retroactiva en el ámbito administrativo, que obliga al ajuste de los pagos actuales que superen el límite establecido. Asimismo, señala que ningún contrato o condición laboral podrá invalidar este tope constitucional.
Este mismo, ordenado por el Ejecutivo estatal el 27 de marzo de 2026, excluye del tope a cuatro sectores: fuerzas armadas, pensiones por aportaciones voluntarias, fondos sindicales complementarios y pensiones no contributivas.
Las legislaturas cuentan con un plazo de 90 días para la adecuación del marco legal, bajo la instrucción de que los costos de transición sean absorbidos por los presupuestos vigentes.
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Foto: Especial
cdch