CUIDADO: Esto es lo que ahora puede hacer la Guardia Nacional en carreteras

Por xmontero , 27 Mayo 2026
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Entraron en vigor nuevas facultades para la Guardia Nacional en carreteras y puentes de jurisdicción federal en México
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Las nuevas reformas al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal ya entraron en vigor en todo el país, luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 26 de mayo. Con estos cambios, la Guardia Nacional amplía sus atribuciones en carreteras federales y asume mayores responsabilidades en materia de vigilancia y control vehicular.

La modificación al reglamento convierte a esta corporación en la principal autoridad operativa en las vías federales, permitiéndole intervenir directamente en accidentes, aplicar sanciones y coordinar acciones relacionadas con la circulación en carreteras y puentes de jurisdicción federal.

Uno de los puntos que más ha llamado la atención es que las indicaciones de los elementos de la Guardia Nacional tendrán prioridad sobre semáforos, señalamientos y reglas ordinarias de tránsito mientras se encuentren realizando labores operativas o de control vial.

Las reformas también establecen nuevas facultades para aplicar multas e infracciones de manera directa a conductores que incumplan el reglamento. Además, los agentes podrán ordenar el retiro de vehículos y enviarlos a depósitos federales cuando consideren que representan un riesgo para la circulación o la seguridad.

Otro aspecto incluido en la normativa es la posibilidad de realizar inspecciones preventivas. Entre ellas destacan pruebas de alcoholimetría y exámenes toxicológicos a conductores en carreteras federales.

En caso de que una persona se niegue a obedecer las indicaciones de los agentes o intente resistirse a una revisión, el personal podrá proceder con la detención y puesta a disposición ante el Ministerio Público por posibles faltas relacionadas con desobediencia o resistencia de particulares.

Las reformas también otorgan a la Guardia Nacional capacidad para intervenir en accidentes viales mediante la elaboración de actas y dictámenes técnicos, funciones que anteriormente estaban limitadas a otras autoridades especializadas.

Especialistas en temas de movilidad y seguridad han señalado que estas nuevas atribuciones representan un cambio importante en las funciones operativas de la corporación dentro de las carreteras del país. Sin embargo, también advierten que será necesario mantener mecanismos claros de supervisión y transparencia para evitar posibles abusos en la aplicación de sanciones.

El decreto aclara que la Guardia Nacional no desaparece ni cambia de nombre, sino que únicamente se ampliaron sus facultades en materia de tránsito federal.

Asimismo, se precisa que estas atribuciones aplican únicamente en carreteras y puentes de jurisdicción federal. Para intervenir en vialidades locales o estatales deberá existir previamente un convenio de coordinación firmado entre autoridades federales y gobiernos locales. De no existir dicho acuerdo, cualquier sanción fuera de competencia podría ser impugnada.

¿Qué puede hacer ahora la Guardia Nacional en carreteras federales?

  • Aplicar multas e infracciones de tránsito
  • Retirar vehículos y enviarlos a corralones federales
  • Realizar pruebas de alcoholimetría y toxicología
  • Revisar documentos vehiculares
  • Coordinar operativos de tránsito
  • Emitir dictámenes técnicos en accidentes
  • Elaborar actas-convenio en hechos viales
  • Dar instrucciones de tránsito con prioridad sobre señalamientos
  • Detener a conductores que se resistan a sus indicaciones
  • Intervenir en carreteras y puentes de jurisdicción federal

 

 

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