La Suprema Corte reafirma los derechos LGBT+ con fallos clave sobre terapias de conversión e infancias trans

Por diegoantonio , 24 Diciembre 2025
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En 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó resoluciones que fortalecen los derechos de la comunidad LGBT+, invalidando normas que perpetuaban la discriminación.
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Ciudad de México, México. – Durante 2025 , la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una serie de resoluciones que reforzaron la protección de los derechos de la comunidad LGBT+ en el país. Entre los temas abordados por el máximo tribunal se encuentran las terapias de conversión , los derechos de las infancias trans , el reconocimiento de las familias homoparentales y la eliminación de disposiciones discriminatorias en diversos códigos civiles y penales del país.

En mayo , la Corte —entonces presidida por la ministra en retiro Norma Piña Hernández— declaró inconstitucional una reforma al Código Civil de Aguascalientes que limitaba el reconocimiento voluntario de hijos nacidos fuera del matrimonio únicamente a parejas heterosexuales. Los ministros concluyeron que la disposición excluía injustificadamente a las familias homoparentales , al impedirles ejercer el mismo derecho de filiación.

Ese mismo mes, el Pleno también anuló una reforma al Código Penal de Guerrero que eximía a padres o tutores de responsabilidad penal por someter a menores a terapias de conversión . En su otoño, los ministros subrayaron que la libertad de crianza tiene como límite el interés superior de la niñez , y advirtieron que los esfuerzos para modificar la orientación sexual o la identidad de género causan graves daños físicos y emocionales.

En otro precedente relevante, la Corte recordó que, desde 2024 , el Congreso de la Unión reformó el Código Penal Federal y la Ley General de Salud para sancionar con penas de hasta seis años de prisión a quienes promuevan o apliquen dichas prácticas.

Con la renovación completa del tribunal a partir del 1 de septiembre de 2025 , los nuevos ministros ratificaron los criterios en defensa de la diversidad sexual. En septiembre , invalidaron parcialmente una reforma al Código Penal de Yucatán , al considerar que su redacción era demasiado amplia y podía originar sanciones arbitrarias. También avalaron que las penas se agraven cuando las víctimas sean menores, personas mayores, privadas de libertad o con discapacidad .

En noviembre , el Pleno Cumplió que el Congreso de Sonora incumplió una orden emitida tres años antes, al no legislar para permitir que niños, niñas y adolescentes trans puedan modificar su acta de nacimiento sin necesidad de alcanzar la mayoría de edad ni someterse a un juicio previo. Los ministros otorgaron 90 días naturales al poder legislativo estatal para cumplir con la sentencia.

Posteriormente, el 9 de diciembre , la SCJN invalidó una reforma al Código Civil de Campeche que restringía ese mismo trámite a personas mayores de edad, y concluyó que la medida vulneraba el derecho a la identidad de género de las infancias trans.

En esa misma sesión, el Pleno anuló una disposición del Código Penal de Tamaulipas que mencionaba el “homosexualismo” como delito vinculado a la corrupción de menores, al considerar que esa terminología reproduce estigmas y prejuicios contrarios a los principios de igualdad y no discriminación .

Con estos fallos, la Suprema Corte consolidó su papel como garantía de los derechos humanos y la diversidad , al reafirmar que ninguna legislación puede restringir las libertades por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género .

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Foto: IA 

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