Los padres de trabajadores fallecidos ahora pueden recibir hasta el 90% de la pensión del IMSS, gracias a una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que amplía los derechos de ascendientes cuando no existen otros beneficiarios legales.
Este beneficio, denominado Pensión de Ascendientes, aplica únicamente si el trabajador estuvo afiliado al IMSS bajo el régimen de 1973 y si no dejó cónyuge, concubina(o) ni hijos con derecho a pensión.
Fallo de la Suprema Corte amplía el derecho de los padres
Con este fallo, los padres dejan de recibir solo el 20% de la pensión, como lo establecía originalmente la Ley del Seguro Social de 1973, y pueden acceder al 90% del monto que correspondía al trabajador, siempre que acrediten su dependencia económica.
El IMSS reconoce que esta medida busca proteger a familias donde los padres dependían del ingreso de su hijo o hija fallecido, brindándoles estabilidad económica y acceso a la seguridad social.
Requisitos para acceder a la pensión del IMSS
Para solicitar esta prestación, los padres deben cumplir con los siguientes criterios:
Que el trabajador haya estado registrado en el IMSS bajo la Ley de 1973.
Que no existan beneficiarios preferentes, como cónyuge, concubina(o) o hijos.
Comprobar dependencia económica con recibos, transferencias o documentos que acrediten apoyo económico del trabajador fallecido.
Una vez aprobada la solicitud, el IMSS calculará el monto equivalente al 90% de la pensión que recibiría el asegurado y lo depositará de manera mensual a los beneficiarios.
Documentación requerida para el trámite
Los interesados deberán presentar la siguiente documentación en su subdelegación del IMSS o en línea:
Identificación oficial vigente de ambos padres.
Acta de defunción del trabajador.
Constancia de semanas cotizadas, disponible en el portal del IMSS.
Documentos de parentesco y comprobantes de dependencia económica.
El instituto revisará cada caso y, de cumplir los requisitos, otorgará la pensión bajo el concepto de ascendientes.
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xmh