IMSS aumentará 15% la pensión a derechohabientes que viven solos

Por xmontero , 22 Octubre 2025
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El IMSS confirmó que la ayuda asistencial beneficiará a jubilados sin dependientes. El trámite es gratuito y debe solicitarse en oficinas
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A partir del 3 de noviembre de 2025, algunos pensionados del IMSS recibirán un incremento del 15% en su pensión mensual, de acuerdo con información oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social.

El aumento beneficiará exclusivamente a quienes viven solos y no tienen familiares registrados como beneficiarios ante el IMSS. La medida, clasificada como una “ayuda asistencial”, busca compensar que estas personas no reciben los apoyos adicionales que se otorgan a pensionados con cónyuge, hijos o padres dependientes.

El depósito del aumento se realizará junto con el pago mensual y el aguinaldo, directamente en las cuentas bancarias habituales de los derechohabientes —entre ellas Bancomer, Banamex, Banorte, Santander o Banco del Bienestar—, sin pagos separados.

¿Quiénes recibirán el aumento y cómo solicitarlo?

El porcentaje del aumento depende de los familiares registrados por el pensionado. Según la Ley del Seguro Social, los incrementos aplican de la siguiente manera:

  • Con esposa o pareja registrada: 15%

  • Con hijos menores de 16 años o hasta 25 si estudian: 10% por hijo

  • Con padres dependientes económicos: 10%

  • Sin familiares registrados: 15% de ayuda asistencial

Por ejemplo, una persona que percibe 9 mil pesos al mes podría recibir 10 mil 350 pesos si tiene esposa y un hijo menor de edad.

Trámite para acceder al aumento

El proceso es gratuito y debe realizarse en la oficina del IMSS correspondiente al pensionado, llenando el formato IMSS-01-007 “Asignaciones Familiares”, disponible también en línea en imss.gob.mx.

Los documentos requeridos varían según el caso:

Para registrar pareja:

  • Identificaciones oficiales

  • Acta de matrimonio o constancia de concubinato

  • CURP y comprobante de domicilio

Para registrar hijos:

  • Acta de nacimiento y CURP

  • Constancia de estudios (si tienen entre 16 y 25 años)

  • Constancia médica del IMSS (si hay discapacidad)

Para registrar padres:

  • Identificación oficial

  • Documento que acredite dependencia económica (constancia notariada o declaración ante el IMSS)

Si el pensionado vive solo:

  • Identificación oficial

  • Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses)

  • CURP

El IMSS precisó que el aumento no se aplica automáticamente, por lo que los interesados deben solicitarlo formalmente. En caso de que un familiar registrado fallezca, el beneficio por esa persona dejará de aplicarse.

Una vez hecho el trámite, el incremento comenzará a reflejarse al mes siguiente.

 

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